El amparo y los mensajes discriminatorios de las normas
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Escrito por: María Luisa Barajas
02/12/2022

Cuando consideramos que una norma es violatoria o nos afecta en uno o más Derechos Humanos, tenemos la posibilidad de promover Juicio de Amparo en contra de ésta para que se inaplique.

Momentos en los que se puede promover un Juicio de Amparo

Tradicionalmente, existen dos momentos en los que es posible promover un Juicio de Amparo:

30 días a partir de la entrada en vigor de la norma
Cuando su sola vigencia ya causa una afectación en la esfera jurídica de la persona, es decir, que no necesitan un acto de aplicación para causar un daño. Un ejemplo de esto pueden ser las normas tributarias que, desde su entrada en vigor, y de forma incondicionada, obligan al contribuyente a su cumplimiento.

15 días a partir de un acto de aplicación de la norma
En este caso la sola entrada en vigor no causa una afectación, sino que es necesario que, en un caso concreto, se aplique la norma para que pueda causar un perjuicio. El ejemplo tradicional es la pareja del mismo sexo que acude al registro civil a unirse en matrimonio y les es negado porque según el Código Civil el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer. En este caso, al menos tradicionalmente, se estimaba que era necesario que la norma se les aplicara para que pudieran acudir al Juicio de Amparo en virtud de una violación a su derecho a la igualdad.

Mensajes discriminatorios de las normas como excepción

No obstante lo anterior, en sentencias recientes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha considerado que existe un caso de excepción: los mensajes discriminatorios de las normas.

Hay que recordar que el artículo 1 de la Constitución prohíbe la discriminación por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

A estas categorías se les conoce como categorías sospechosas, y al respecto la SCJN ha establecido que:

… una ley, cuya parte valorativa contenga un mensaje que se repute como discriminatorio por hacer distinciones con base en una de las categorías sospechosas prohibidas en el artículo 1o. constitucional, debe considerarse que es autoaplicativa ﹣sin importar la fecha de entrada en vigor﹣ y que sus efectos son permanentes, pues no se agotan en un instante, sino que se actualizan de momento a momento, por lo que se pueden impugnar en cualquier tiempo. Lo anterior constituye un nuevo entendimiento del plazo de interposición de un amparo contra leyes autoaplicativas cuando el mensaje expresado por éstas sea estigmatizador y esté basado en categorías sospechosas.

Esto supone que cuando la norma contiene un mensaje discriminatorio que afecte a una persona por la situación particular en la que se encuentra, no necesita encontrarse en los primeros 30 días de vigencia de la norma ni en los 15 días posteriores al acto de aplicación, pues se considera que la emisión del mensaje discriminatorio genera un efecto permanente que no se agota en un solo momento, sino que se continúa actualizando en todo momento.

Si regresamos al ejemplo de la pareja del mismo sexo que pretende contraer matrimonio, ya no es necesario que acudan a Registro Civil a que les nieguen el matrimonio para considerar que la norma fue aplicada y, en consecuencia, poder acudir al Juicio de Amparo. Ahora pueden acudir al amparo en cualquier momento y sin necesidad de un acto de aplicación.

Un caso real de esta situación sucedió en Colima, donde una persona acudió al amparo alegando que no impugnaba la norma con motivo de un acto de aplicación, sino en virtud de la afectación expresiva que le generaba la norma.

Una justicia más rápida y eficaz

La SCJN consideró que la norma no solo es una mera disposición legal, sino que contiene una parte valorativa que es de carácter ideológico, en la cual las y los legisladores insertan mensajes que pueden ser discriminatorios. Lo anterior abre la puerta a que, cuando una persona o un grupo de personas consideran que una norma es discriminatoria, puedan promover amparo en contra de ella sin que sea necesario que la norma esté en sus primeros 30 días de vigencia o esperar a que exista un acto de aplicación.

Estas sentencias de la SCJN se convierten en una herramienta para que todas las personas o minorías que consideran discriminatorio el mensaje que emite una norma logren su inaplicación sin necesidad de esperar que la norma les sea aplicada, lo que se puede traducir a una justicia más rápida y eficaz.

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